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Energía: cambios a fecha de
inicio de proyectos serían automáticos

Fecha: 30/Oct/2023

Fuente:https://www.portafolio.co/

El Ministerio de Minas y Energía presentó un proyecto de decreto que permite ajustar, forma automática, cualquier petición de modificación en la fecha de puesta en operación (FPO) de proyectos de generación de energía. De acuerdo con el documento publicado, la extensión en el plazo se puede dar hasta por doce meses como máximo. Ahora bien, el plazo concedido por parte de la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME) será el argumentado por el solicitante y en caso de que exceda el máximo de 12 meses se le otorgará este plazo.

Todos los proyectos que presenten este trámite serán aceptados de forma directa, “incluidas aquellas solicitudes que fueron negadas y son objeto de recurso de reposición”, según destaca el documento.

En este se expone que aquellos que hayan radicado sus peticiones antes del 20 de octubre aplicarán a la modificación automática en 30 días calendario después de la aprobación de este decreto. Para el caso de nuevas solicitudes hechas entre el 20 de octubre de este año y el 30 de abril de 2024, el tiempo de ampliación de las FPO será el mismo, pero la respuesta se entregará en máximo 60 días calendarios después de radicar su solicitud.

De acuerdo con lo argumentado por la cartera de Minas y Energía, este decreto también está enmarcado en las medidas que se están tomando para “otorgar alivios a los proyectos de generación, cogeneración, autogeneración con contratos de suministro de energía y almacenamiento de energía con baterías, ante la inminente llegada del Fenómeno de ‘El Niño’”.

De acuerdo con las consideraciones que tiene el Ministerio para presentar esta propuesta se cuenta que varios proyectos de generación de fuentes no convencionales de energías renovables presentan retrasos por diversas circunstancias.

Algunos motivos como las dificultades para la realización de consultas previas y otras licencias están afectando la realización de estos proyectos. Este ha sido un comportamiento repetitivo en diversas iniciativas, con lo que las solicitudes de modificación en las fechas de puesta en marcha ha sido “inusitado”.

Y es por esto que se está “generando un represamiento en el trámite de estas y que podría afectar la continuidad de los proyectos”. De acuerdo con fuentes del sector, esto se suma al hecho de que la entidad (la UPME) no tiene suficiente personal para responder con las diversas actividades que debe realizar, dentro de las que se cuentan las aprobaciones de solicitudes de conexión a red que superan 89 gigavatios.

Además de la generación, el documento también hace referencia al almacenamiento con baterías y en especial al proyecto ubicado en Barranquilla y que está a cargo de Canadian Solar. Este proyecto con capacidad para 45 megavatios debía entrar a operar en julio de este año y sin embargo aún no lo ha hecho.

La cartera señala que este “permite cubrir el 23% de generación de seguridad, cargándose en horas de baja demanda, lo cual representa un ahorro de más de $14,6 billones anuales”. Adicionalmente, el documento argumenta que los proyectos de almacenamiento con baterías se han visto afectados por los aumentos de costos en garantías y “por la falta de entendimiento del concepto de sistema de almacenamiento, que genera falta de certeza sobre los beneficios arancelarios y tributarios aplicables a los proyectos relacionados”.

Otra de las disposiciones del citado proyecto de decreto es que la CREG debe modificar el artículo 17 de la resolución 075 de 2021, que establece los parámetros para el cambio de fechas de puesta en operación. De acuerdo con el documento, la Comisión de Regulación debe crear un esquema que “sea ágil para los solicitantes y adecuado a la capacidad operativa del Estado” y en caso de hacerse antes del primero de mayo de 2024 se mantendrá vigente la modificación automática prevista en el decreto.

Otros puntos sobre los que hace referencia son las garantías por el incumplimiento de las fechas. Este proyecto de decreto ordena que suspenda la obligación de actualizar el valor de las garantías para las plantas que no entren en operación comercial; aunque se mantiene el deber de prorrogar su vigencia.

El artículo 6, por su parte, apunta a que la CREG modifique los esquemas de garantías de cargo por confiabilidad y de contratos de largo plazo. Así mismo, dice que que se deben unificar y simplificar en un solo régimen, así como “evaluar el reemplazo de las garantías que impactan significativamente la liquidez de los proyectos por otros mecanismos”.

Por otra parte, si a un proyecto se le ejecutaron garantías del artículo 17 de la resolución 075, quedaría exento de que se le puedan ejecutar las relativas al artículo 33 de la resolución 186 de 2021. En el caso de los proyectos de baterías, apunta que se suspende la obligación de ajustar el valor de las garantías desde la expedición del artículo hasta abril de 2024.

También ordena a la CREG que se modifique el esquema para que se ajuste a los mismos criterios del sexto artículo. Además, el esquema de remuneración deberá modificarse para que refleje algunos criterios técnicos.

Pese a retrasos, baterías siguen siendo necesarias

El proyecto de almacenamiento de energía con baterías, a cargo de Canadian Solar, debía entrar en operación el 31 de julio, pero no lo ha hecho. El proyecto de decreto genera algunas modificaciones a los esquemas que le aplicarían. Portafolio consultó con la UPME sobre los efectos en el costo beneficio estimado de la obra a pesar de los retrasos.

Según la entidad, “la motivación no ha cambiado dado que aún se programan generaciones de seguridad que originan restricciones en este sistema, lo cual implica que siga siendo viable incluso a pesar del atraso que presenta”.

 

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