Fecha: 09/Jun/2023
Fuente: https://forbes.co/
La declaración de renta que tienen que presentar los contribuyentes corresponde al periodo gravable de 2022.
Entrado el segundo semestre del año, empiezan a descontarse los días para la fecha inicial del calendario para la declaración de renta. A partir del 9 de agosto, y hasta el 19 de octubre (según lo dispuesto por la DIAN), los colombianos podrán presentar su declaración correspondiente a la actividad financiera de 2022.
Forbes le explica lo que debe tener en cuenta previo a la realización del trámite. Lo primero es identificar si como persona natural está obligado a declarar renta; para ello la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales maneja unos topes, según lo establecido por el Ministerio de Hacienda.
De acuerdo con Tributi, deben cumplir con esta obligación tributaria quienes:
- Tengan un patrimonio bruto al término del 2022 igual o superior a $171.018.000
- Sumen ingresos totales para 2022 iguales o superiores a $53.206.000
- Reporten consumos mediante tarjeta de crédito iguales o superiores a $53.206.000
- Tengan un valor total de las compras y consumos igual o superior a $53.206.000
- Reporten un valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras igual o superior a $53.206.000
Si el ciudadano reúne cualquiera de estas condiciones deberá presentar su declaración de renta correspondiente al año gravable 2022 ante la DIAN. La siguiente recomendación es revisar el calendario tributario de la DIAN oportunamente, de tal forma que no se le venza el plazo para hacer este trámite ante la entidad. Recuerde que este plazo es entre el 9 de agosto y el 19 de octubre, fechas asignadas por los últimos dígitos del número de identificación.
“Es importante determinar con antelación las obligaciones tributarias que se tienen, a fin de hacer una adecuada preparación de los reportes, cumplir con los plazos establecidos y disminuir la probabilidad de incurrir en ciertas sanciones o intereses moratorios por presentación tardía”, explicó Ángela González, Associate Partner de impuestos de EY Colombia.
Como indica Tributi, quienes declaren renta fuera de las fechas establecidas se enfrentan a sanciones económicas. En caso de extemporaneidad, la DIAN impone una sanción del 5% sobre el impuesto a cargo, la cual se incrementa por cada mes vencido. La sanción mínima para los extemporáneos es de $424.000. De no presentarla, se le sumaría una sanción del 20%.
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