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Fecha: 01/Mar/2022

Fuente: https://www.semana.com/

El Gobierno nacional emitió este lunes 28 de febrero el decreto con el cual confirma las tres fechas en las que se realizará en los diferentes comercios del país el día sin IVA.

El decreto establece:

“Artículo 1.3.1.10.16. Días de exención del impuesto sobre las ventas (IVA) para bienes cubiertos para el año 2022. Los días de exención del impuesto sobre las ventas (IVA) para el año 2022 para los bienes cubiertos de que tratan los artículos 37, 38 y 39 de la Ley 2155 de 2021, serán:

1. El once (11) de marzo de 2022;
2. El diecisiete (17) de junio de 2022, y
3. El dos (2) de diciembre 2022″.

Primer día sin IVA
De esta manera se ratifica lo que ya anunció el presidente Iván Duque, en el sentido de que el primer día sin IVA será el 11 de marzo (un viernes) y que uno de los objetivos para llevar a cabo esta jornada es para contener las presiones inflacionarias en los tres primeros meses del año, esto teniendo en cuenta que varios pronósticos estiman que el Índice de Precios al Consumidor (IPC) podría seguir con tendencia al alza hasta mayo.

Así mismo, en esa primera jornada, que se realizará en el mes de cierre del primer trimestre de la economía colombiana en 2022, tendría un aporte al resultado del PIB de ese lapso, pues es el consumo de los hogares el que, en los últimos años, ha venido jalonando la cifra definitiva.

Del mismo modo, para esa época ya habrá concluido la cuarta ola de contagios del coronavirus, lo que les daría a las personas una mayor tranquilidad para participar en esta actividad que redunda en beneficio del bolsillo de los colombianos.

Segundo día sin IVA
De acuerdo con el proyecto de decreto del Ministerio de Hacienda, el segundo día sin IVA será el 17 de junio (viernes), lo que coincide con una disponibilidad de recursos en los hogares, debido al pago de las primas de mitad de año.

Esa jornada será previa a las vacaciones que tendrán miles de colombianos, principalmente los que las toman en esa época para el acompañamiento de sus hijos en el descanso escolar. Además, será útil para los hogares que celebran el Día del Padre.

Igualmente, esa jornada está inserta en el segundo trimestre del año y se hará después de las elecciones presidenciales. La primera de las jornadas, entre tanto, será dos días antes de las elecciones legislativas y consultas interpartidistas.

Tercer día sin IVA
La última jornada del año será el 2 de diciembre (viernes), con el fin de efectuar y realizar las compras de Navidad y Año Nuevo.

En los dos años anteriores, las jornadas de día sin IVA se habían realizado en el segundo semestre del año. Aunque las ventas han sido millonarias (cercanas a los $30 billones entre las tres), gran parte de lo que compran los ciudadanos paga el impuesto, pues las jornadas terminan jalonando consumos con el cobro pleno del tributo. El comercio es el sector más beneficiado. De paso, contribuye a dinamizar la economía.

¿Qué cambia?
Los días sin IVA en Colombia fueron introducidos con el artículo 37 de la Ley 2155 de 2021, es decir, la reforma tributaria del año pasado que fue conocida como Ley de inversión social.

En 2020, año de la pandemia, se realizaron estas jornadas, pero vía decreto, precisamente para impulsar a los sectores más golpeados por los cierres en cuarentena y restricciones en la movilidad, como medidas aplicadas para controlar la expansión de la pandemia.

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